Tipología de perros de asistencia según la legislación española.
1/3/2024
1/3/2024
Por:
Mónica Kern Gómez.
Especialista en perros de asistencia.
Voluntaria en Perruneando Madrid
Un perro de asistencia es aquel que ha sido entrenado por especialistas, de manera individual, para realizar labores en beneficio de una persona con diversidad funcional, con el fin de contribuir a mejorar su autonomía personal y su calidad de vida.
Conviene aclarar que en España no hay una Ley Estatal que regule aspectos como: tipología, adiestramiento o accesibilidad, pero si existe legislación a nivel autonómico. Revisando todas ellas (citadas en bibliografía) se puede afirmar que aunque en general son muy parecidas tienen pequeñas diferencias (sobre todo en lo referido al acceso y en la forma de identificarlos), siguiendo estas normativas podemos encontrar que hay cinco tipos de perros de asistencia. Si quieres saber más sobre accesibilidad en espacios públicos de los perros de asistencia recomendamos la lectura del artículo de Mercedes Ortolá en este mismo blog.
Pero antes de entrar en detalle sobre los perros de asistencia, vamos a ver las diferencias entre perro de asistencia, perro de apoyo emocional y perro de intervención o terapia, ya que hay confusión entre las “labores” de cada uno.
Perro de asistencia: Como se menciona en la introducción, son perros que asisten a personas con diversidad funcional, que son adiestrados por especialistas para que hagan un trabajo concreto de ayuda a la persona a la que va a ayudar, convive continuamente con su tutor/usuario y trabaja en conjunto con él, formando un binomio. Para poder optar a un perro de asistencia, la ley indica que, la persona debe tener la discapacidad mínima legal (tener reconocido un grado igual o superior al 33%).
Estos perros tienen acceso a todos los sitios públicos y privados a excepción de lo que marque la Ley.
Respecto a la diferencia entre perro de asistencia y perro de intervención, en este blog se publicó ya un trabajo sobre esto, cuya lectura recomendamos (leer aquí). De forma resumida podemos indicar que:
Perro de intervención (entre los que se incluyen los de terapia): Estos perros participan en programas donde se establecen objetivos terapéuticos, sociales o educativos en diferentes áreas. Solo se relacionan con las personas del programa en las sesiones, el resto del tiempo conviven con su tutor, y el trabajo del perro siempre es guiado por expertos y guías en intervenciones asistidas con perros.
No tienen legislación específica a día de hoy y solo tienen acceso a los sitios donde se realice el programa de intervención en el momento de hacerlo y a los lugares donde se permitan perros.
Perros de apoyo emocional: Estos perros ayudan con su presencia a sus tutores a superar algún problema emocional o psicológico. La persona no tiene por qué tener una discapacidad mínima legal, basta con que lo prescriba un profesional de la salud mental. No necesitan ningún adiestramiento específico, simplemente tienen que saber comportarse en sociedad.
El concepto de animal de apoyo emocional surgió en Estados Unidos, allí, para obtener un certificado de perro de apoyo emocional lo tiene que “prescribir” un profesional de la salud mental para optar a que el perro te pueda acompañar en los sitios que marque la Ley de cada Estado.
En España no hay legislación al respecto. Los perros de apoyo emocional no pueden acompañar a sus tutores a excepción de los lugares donde se permitan perros. Lo que si pueden es viajar en cabina en el avión con determinadas compañías aéreas llevando su certificado prescrito por un profesional de la salud y un certificado de una escuela de adiestramiento en el que diga que el perro está adiestrado.
Los cinco tipos de perros de asistencia reconocidos por Ley son:
Perro guía

Imagen cedida por Discan. Fase de acoplamiento.
Son los más conocidos ya que hasta hace relativamente poco tiempo eran los únicos regulados por Ley. Son los que están adiestrados para ayudar a una persona con discapacidad visual o sordoceguera.
Estos perros guían a sus usuarios en el sorteo de todo tipo de obstáculos: fijos (como puede ser un bordillo o una farola), móviles (peatones, bicicletas…) o que obstruyen totalmente el pavimento (cuando la acera está totalmente bloqueada como en una obra); y también les ayudan a la hora de cruzar una carretera.
Para poder tener un perro guía, la persona con discapacidad visual tiene que saber manejarse con el bastón, esto es importante porque el perro evita obstáculos y peligros, pero no decide la ruta, la ruta la conoce, la decide y la marca el usuario/tutor, por lo que debe tener un control espacial de la misma. (1)

Wanda y Olga (le ayuda con su ceguera y su hipoacusia postlocutiva)
Son los adiestrados para avisar a personas con discapacidad auditiva de los sonidos y de su procedencia. Estos perros pueden avisar cuando suena el timbre y llevar a la persona a la fuente del sonido, alertar de algún peligro como una alarma de incendios, avisar al usuario/tutor cuando alguien le llama por su nombre, avisarles del llanto de un bebé…, todo esto, dependiendo de las necesidades reales que tenga cada persona en concreto.
Perros de Servicio
Jutta ayuda a Mónica
Son los adiestrados para ayudar en las actividades de la vía diaria a personas con discapacidad física. Su labor es realizar las acciones que para el usuario/tutor son muy difíciles de realizar o directamente no puede hacerlas, como recoger objetos que se han caído, traer algún objeto de algún sitio en concreto, ayudarles a caminar, ayudarles a subir o bajar escaleras, cuestas, abrir o cerrar puertas, avisar a emergencias o a alguna persona si su usuario/tutor ha tenido una caída, ayudarle a incorporarse desde sentado o tumbado…, y como he dicho antes, las acciones que se le enseñan al perro van a depender de las necesidades “reales” que tenga cada usuario/tutor. ¿Y por qué repito reales? Porque si una persona puede realizar una acción que no le suponga un nivel de dificultad alto no lo va a realizar el perro, lo hará la persona.
Perros para personas con trastorno del espectro autista

Nana ayuda a Emma acompañadas por su mama Tania
Son los adiestrados para preservar la integridad física de estas personas, controlar situaciones de emergencia (producidas por el estrés o la frustración) y darles seguridad. El/La guía de estos perros siempre será el tutor del menor, y es requisito necesario que a éste le gusten los perros para que pueda vincular con él, si no, no le podrá servir de ayuda.
Estos perros mejoran la vida de los niños y de sus familias, ya que entre las acciones que puede realizar están: evitar la fuga del niño, ayudarle a conciliar el sueño, evitar o minimizar crisis, evitar situaciones de estrés y darles seguridad, que pueda permanecer en sitios cerrados esperando cómodo en la fila de un supermercado o en el médico, o ayudarles con el tráfico a la hora de esperar y cruzar. Y todo esto se entrena de manera individualizada para cada persona (como en el resto de perros de asistencia).
Perros de aviso o alerta médica
Este tipo lo dejo para el último porque, aunque está claro que son los adiestrados para avisar de una alerta médica a personas con discapacidad, y que en todas las leyes coinciden que dentro de este grupo están los perros que avisan de una subida o bajada de azúcar en diabetes y los que alertan de un ataque epiléptico, deja muy abierto el tipo de patologías y discapacidades que pueden optar a tener un perro de estas características (para saber más sobre perros de alerta diabética, puede leer el trabajo de Fernando Sancho en este blog).
En todas las leyes se habla de discapacidades, no especifican si son físicas o psíquicas por lo que se entiende que pueden ser ambas (siempre que la discapacidad sea la mínima establecida por la ley).
Algunas Comunidades Autónomas (Madrid, Castilla-La Mancha, Canarias o Asturias) dicen en sus Leyes que son perros para avisar de una alerta médica a personas con crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de una enfermedad específica u otra enfermedad orgánica.
El resto de CCAA dicen respecto a este tipo de perros diferentes cosas dependiendo de cada ley, haciendo un breve repaso encontramos que:
Entrando en el detalle sobre el concepto de “desconexión sensorial» que afirman las leyes anteriormente mencionadas, podrían definirse como la recepción limitada (total o parcial) de estímulos, aplicados a uno o varios sentidos, o a todos a la vez y que se producen de forma habitual o periódicamente. Esto dejaría abierta una puerta a algunos trastornos orgnánicos que pudieran causar este tipo de trastorno. Los trastornos orgánicos se caracterizan por tener una causa conocida, ya sea por una enfermedad, lesión cerebral, por el uso de sustancias, por una enfermedad sistémica, por VIH-SIDA, o porque los síntomas de una determinada enfermedad causan una disfunción cerebral que lo cause como podrían ser los trastornos mentales orgánicos (2).
Visto esto, los perros de alerta médica, aparte de avisar en los casos de diabetes, epilepsia u otra enfermedad física, también pueden avisar en casos de trastornos psiquiátricos como depresión o ansiedad entre otros, ya que cumplen con los requisitos que marca la Ley: desconexiones sensoriales recurrentes, trastorno orgánico, contribuye a la mejora de la autonomía y hay estudios que respaldan resultados positivos de los mismos (3).
Los perros de asistencia de alerta médica en trastornos psiquiátricos pueden avisar a su usuario/tutor cuando va a sufrir una crisis y disminuir los efectos de la misma, sacar a la persona de un bloqueo sensorial, llevarle a un sitio tranquilo si es necesario, darle seguridad mediante contacto o avisarle de cuando se tiene que tomar la medicación, entre otras cosas.
Aunque se ha comentado antes es importante no confundir perro de asistencia de alerta médica en trastornos psiquiátricos con perro de apoyo emocional, ya que el primero está entrenado por especialistas para asistir a esa persona en concreto y el segundo solo es de acompañamiento, no tiene ningún adiestramiento específico, la persona no necesita tener la minusvalía mínima marcada por Ley y no están legislados.
Y, por último, y no menos importante, hay que decir que convivir con un perro de asistencia no es solo una ayuda que realiza las acciones para las que ha sido entrenado, es un compañero de vida y un miembro más de la familia (ver más detalles aquí), que también nos ofrece beneficios emocionales (ir con el perro aumenta la confianza, la autoestima y la seguridad) y sociales (aumenta la empatía y las relaciones sociales con otras personas).
BIBLIOGRAFÍA.
Legislación mencionada (Ver más detalle en Ortolá. M. ):
El beneficio social de las casas de acogida de animales de compañía