¿Son los animales domésticos una víctima más de la violencia intrafamiliar?
18/09/2020
18/09/2020
Por:
David Dorado Rivera.
Policía Municipal de Alcorcón.
Graduado en Criminología y Máster en Perfilación Criminal y Análisis de la Conducta.
Coordinador del Grupo de Trabajo sobre Maltrato Animal del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.
La pandemia mundial que estamos viviendo, originada por el virus de origen zoonótico SARS CoV-2, está haciendo que cambiemos nuestra forma de relacionarnos, tanto con nuestro entorno como con nuestros congéneres. Esta pandemia ha provocado que se esté llevando a cabo una transformación en la sociedad, en sus costumbres e incluso en sus reglas, para adecuarnos a la llamada “nueva normalidad”.
En el caso de España, se puede decir que los cambios comenzaron el día 14 de marzo de 2020, cuando se decretó por parte del Gobierno de la Nación, el Estado de Alarma, siendo una de las medidas adoptadas la limitación de la movilidad de las personas, no pudiendo salir de los domicilios, salvo determinadas circunstancias para cubrir necesidades básicas y por el tiempo mínimo imprescindible.
Esta medida parecía simple, únicamente se pedía a las personas que se mantuvieran en sus domicilios, algo que a primera vista pudiera parecer sencillo y fácil de cumplir; no parece que requiera un gran esfuerzo por parte de los ciudadanos, ya que en definitiva, “sólo” hay que permanecer en el domicilio, en aquel lugar donde uno realiza sus actividades en la más absoluta intimidad, y donde el resto de personas no pueden tener acceso a no ser que se les dé permiso para ello.
Desde que se implementó esta medida, todos los estudiosos y expertos en conductas desviadas y delictivas, pusieron el foco de atención en cómo iba a afecta esto a la modificación de los tipos delictivos; sobre todo en aquellos relacionados con la violencia de género y la violencia doméstica, ya que el confinamiento iba a obligar a pasar mucho tiempo juntos, víctimas y victimarios, muchas veces en espacios muy reducidos.
El aumento del tiempo de convivencia, más la reducción o incluso anulación de posibles vías de escape, creaba la mezcla perfecta para que aumentara la violencia en el entorno doméstico, siendo mucho más vulnerables las “víctimas especiales” que sufren este tipo de violencia como son las mujeres, los niños, las personas mayores, y aquellas que tienen una especial dependencia por sus circunstancias físicas o psíquicas.
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Dentro de las consideradas “víctimas especiales” hay un miembro de la familia que suele ser el gran olvidado en todos estos tipos de conductas desviadas y delincuenciales, se trata del animal doméstico. Según datos facilitados por la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC) existen 16 millones de mascotas censadas en España, y están presentes en un 40% de los hogares españoles; siendo estas cifras lo bastante importantes como para tenerlos en cuenta como una posible víctima más.
Es más que evidente, que la sociedad ha evolucionado en cuanto a la concienciación y el tipo de relación que se establece con los llamados animales domésticos, mascotas o animales de familia. Tal es este cambio que incluso ya se habla de familias interespecies, donde los animales que conviven en familia son un miembro más de ésta encontrándose al mismo nivel jerárquico que los humanos.
Este concepto quedó reflejado en el artículo “Familias interespecie: cuando el perro figura en el árbol genealógico” (Palanques, 2019) que recoge el testimonio de una pareja joven de Zaragoza, los cuales consideraban a su perra Noah como una hija. Es tal el interés que esta circunstancia está creando en la comunidad científica, que en este mismo artículo se hace referencia a un estudio publicado en la revista Humanity & Society donde sus autoras Owens y Grauerholz, tras realizar una encuesta en hogares de Estados Unidos descubrieron que más del 80% de personas que conviven con mascotas, consideran a estas como hijos. Esta circunstancia que pudiera parecer algo anecdótico en España, no lo es tanto. En muchas ciudades de España, incluida su capital Madrid, el número de animales domésticos empadronados es mayor que el de niños menores de 18 años.
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Esta gran importancia que han adquirido los animales domésticos a nivel social, no se ve reflejada en el actual Ordenamiento Jurídico Español.
En el año 2009 el Tratado de la Unión Europea en su artículo 13 reconoce a los animales como seres sintientes. Varios países europeos ya recogían esta consideración en sus ordenamientos jurídicos, y otros, a partir de este artículo 13 lo aplicaron. La consideración de los animales en España, en cuanto al Código Civil se refiere, sigue siendo obsoleta ya que aún están considerados como meros objetos. Desde el año 2018 está pendiente la modificación del Código Civil para que se reconozcan a los animales como seres sintientes, lo que conllevará la obligatoria modificación de distintas leyes otorgándoles una nueva protección jurídica y un mayor respeto hacía sus derechos.
La cada vez mayor concienciación social por los derechos y el bienestar animal se ha visto reflejada a nivel político, creándose por primera vez en la historia de nuestro país, una Dirección General de Derechos de los Animales, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y Vicepresidencia Segunda.
Sobre esta concienciación se pronuncia Mosterín (2015) en el libro “El Derecho de los animales” donde escribe:
“Cada vez más seres humanos sentimos compasión por esas víctimas inocentes, nos solidarizamos con ellas y exigimos que se introduzcan en la legislación que regula nuestra sociedad normas que impida tales actos de crueldad.” (Mosterín, 2015, p. 61).
Foto: Nataliya Vaitkevich en pexels
Eric García-López (2019) en su manual “Psicopatología de la violencia” hace referencia a la violencia hacia los animales como una violencia propia incluida dentro de la violencia social expresándolo de la siguiente manera:
“…la violencia contra los animales se construye como un tipo de violencia en sí mismo, incluido dentro de las violencias sociales, por consideración al sufrimiento animal.” (García-López, 2019, p. 206).
Por lo tanto, se les atribuye a los animales la consideración de víctima propia, y al ser considerada víctima debe tener sus propios derechos y grado de protección como tal.
Como violencia doméstica tomaremos la definición que realiza Marchal (2007) en su obra “El atestado. Inicio del proceso Penal” siendo esta:
“Todo acto u omisión de un miembro de una familia hacia otro, con consecuencias negativas para éste, con consecuencias negativas para ese otro, y que tiene como resultado un daño físico, psíquico o en su desarrollo.” (Marchal, 2007, p. 300).
Desde un punto de vista victimológico, centrándonos en los animales domésticos como víctimas especiales, y teniendo en cuenta la definición de Marchal, pueden ser víctimas tanto por acción como por omisión; directas e indirectas; e incluso sufrir la conocida como doble victimización o victimización secundaria, si no son tratadas de la manera adecuada por las Administraciones y Organismos encargados de protegerlas.
Cuando decimos que pueden ser víctimas por acción o por omisión, nos referimos a que pueden recibir la agresión, tanto física como psicológica, por parte del victimario de manera directa; ya sea mediante agresiones físicas directas que le puedan producir lesiones o incluso la muerte; o de forma indirecta, agrediendo a la persona de la familia que se hace cargo de las necesidades básicas del animal, no pudiendo llevarlas a cabo por haber sufrido lesiones, hospitalización, tener que abandonar el domicilio por riesgo y miedo al victimario, o incluso por fallecer a causa de esa agresión. La violencia hacia los animales de forma directa, también puede ser utilizada por el victimario como violencia instrumental para hacer daño a otros miembros de la familia como puedan ser la mujer, los hijos…etc.; o para ejercer un poder hacia ellos a través del miedo a que puedan hacer daño al animal de la familia.
Cuando hablamos de doble victimización o victimización secundaria, se hace referencia a la situación que puede vivir un animal doméstico cuando por ejemplo la persona encargada de los cuidados del animal tuviera que abandonar el domicilio por miedo o por sufrir algún tipo de agresión por parte del victimario, y no pudiera llevarse al animal consigo teniendo que dejarlo con el victimario con el consiguiente riesgo que podría suponer para la integridad física del animal. Esta doble victimización también se puede producir cuando las Administraciones y Organismos encargados de proteger a las víctimas, no son capaces de proporcionar un lugar adecuado donde poder trasladar al animal doméstico mientras se desarrolla el proceso judicial, o mientas se toman las medidas preventivas adecuadas. Ejemplo de esto podría ser una víctima de violencia de género que no pudiera llevar su animal consigo a una casa de acogida, lo que podría suponer en muchos casos no dar el paso de denunciar o abandonar al victimario por la incertidumbre que le pueda generar el futuro y el bienestar de su animal.
Para dar solución a este gran problema que supone que el que las víctimas tanto humanas como animales, no puedan estar juntas durante este proceso tan emocionalmente complicado, la Dra. Nuria Quero i Viñas y su equipo de trabajo crearon el proyecto VIOPET, el cual consiste en la creación de una red de casas de acogida a través de asociaciones, voluntarios..etc, donde poder dar un lugar seguro de cobijo y hogar al que puedan acudir todas aquellas mujeres víctimas de violencia de género que quieran dar el paso de denunciar o abandonar a su victimario, pudiendo hacerlo con la total seguridad de que sus compañeras mascotas van a estar protegidas.
Otro de aspecto interesante para analizar, es el del aprendizaje vicario que se produce en los niños y niñas que son testigos de esta violencia que se ejerce en el ámbito doméstico. Este aprendizaje vicario consiste en repetir las conductas que observan por parte de sus referentes adultos, ya sea hacía víctimas humanas o víctimas animales, recordando en este punto que los animales domésticos forman parte de las familias, tratándolos sobre todo en el caso de los menores, como iguales. Tampoco hay que olvidar que los propios niños pueden ser una víctima directa de las agresiones, así como una víctima directa a través de este aprendizaje vicario, o por falta de atención por parte de los adultos de la familia.
Dentro de este aprendizaje vicario que se produce en el ámbito de la de familia, se va a destacar el concepto o la idea de la escalera de la violencia utilizada por Asociación Contra la Violencia EL MURO que tiene su origen en México. La escalera de la violencia es un término utilizado para explicar el aprendizaje y la forma de actuar dentro de una familia, basada en la jerarquía que ocupa cada miembro dentro de ella, y la evolución de la violencia entre dichos miembros. Así, poniendo como ejemplo una familia compuesta por un padre, una madre, dos hijos de distinta edad y un aminal doméstico; el padre agrediría a la madre, esta a su vez, al no saber gestionar esta agresión la transmitiría al que se encuentra inmediatamente por debajo en el grado jerárquico, siendo el hijo mayor; éste lo haría con su hermano pequeño; y éste a su vez pagaría todo este daño sufrido con el miembro más débil de la familia que sería el animal doméstico.
Es evidente que en este aprendizaje vicario influyen muchos factores, este ciclo de la violencia se puede ver interrumpido en cualquier momento si un miembro de la familia tiene los suficientes recursos para interrumpirlo. Es más, en muchos casos, el hijo pequeño, en vez de agredir a su amigo el animal doméstico, se va a refugiar en él e incluso lo va a tener como un factor de protección. Todo esto dependerá del grado de tolerancia a la frustración, la resiliencia, y otros factores de protección que predominen en cada individuo, para llevar a cabo un tipo de conduta u otro.
Aun habiendo múltiples variables que puedan hacer que se produzca o no esta escalera de la violencia, es una teoría muy útil para ver cómo se propagan las conductas violentas dentro de una familia, y como se produce el aprendizaje vicario. En este VIDEO realizado por la Asociación El Muro queda muy bien explicado de una forma sencilla y directa.
Como conclusión, es imprescindible poner de manifiesto la necesidad de reconocer a los animales domésticos como una víctima más, en este caso una víctima especial más de la violencia que se produce en el ámbito doméstico, ya que son un miembro más de la familia; considerando por lo tanto este momento el adecuado, para iniciar un debate, aprovechando las reformas legislativas en cuanto a protección y derechos de los animales que están pendientes de aprobar, para darles la protección jurídica adecuada y que dejen de estar consideradas como víctimas de segunda.
Para finalizar me gustaría despedirme con una cita de Jorge Wagensberg:
La compasión que inicialmente afectaba solo a uno mismo o a la familia se ha ido extendiendo y hoy está alcanzando a los animales. El concepto prójimo está a punto de aceptarlos, del mismo modo como en otros tiempos aceptó a otras etnias, a otras clases sociales o a la mujer (Wagensberg, 2019, p. 23).
Referencias: