Por qué todo lo anterior es relevante en ciertos procesos judiciales
En casos de divorcios y separaciones se plantean más y más conflictos legales por la custodia de animales de compañía, respecto a los cuales también cada vez más tribunales tienen en cuenta que las personas guardan una relación especial con sus animales, muy diferente a la que mantienen con otros tipos de propiedades inanimadas (17), y por lo tanto evitan tratarlos como tales. Este argumento, unido al reconocimiento del sufrimiento por la separación forzosa de un animal de compañía, es el motivo por el cual algunos juzgados otorgan el derecho a visitar al animal a la parte que no dispone de su propiedad (18). Yendo más allá, ha habido casos en los que se ha llegado a conceder la custodia completa a la persona no propietaria, considerando que esta se había implicado más como cuidadora, o que le podía propiciar un mejor modo de vida (16).
También es interesante ver cómo la legislación de algunos países empieza a tipificar el maltrato animal y las amenazas de maltrato a animales como un delito de violencia doméstica. Otros países también tipifican estas conductas hacia los animales como constitutivas de distintas formas de delitos contra las personas, en el caso de que se usen como método para controlar, dañar o amenazar a una pareja o ex-pareja (19). En este punto, es muy importante cómo se ha ido reconociendo también cómo los animales pueden ser utilizados por los agresores como herramienta de manipulación de sus víctimas, y la importancia de que en los juzgados esto sea tenido en cuenta a la hora de dictar las medidas de protección necesarias.
El sufrimiento por la pérdida de un animal de compañía también puede ser muy relevante en procesos de responsabilidad civil. Y es que, en el caso de que alguien provocara, por acción u omisión, la muerte, lesiones físicas o psicológicas, o sufrimientos al animal de compañía de una persona, esta podría solicitar una indemnización, no solo por los perjuicios materiales (por ejemplo, gastos veterinarios) sino también por los daños morales ocasionados. Daños que como ya hemos visto pueden ser intensos, pudiendo incluso derivar en patologías como la depresión o trastornos de ansiedad.
En estos casos, es interesante destacar que la consideración que se le dé al animal puede determinar que dicha indemnización consista en unos cuantos euros, o en unos cuantos miles de euros. ¿Por qué esta diferencia tan abismal? Porque si un tribunal considera que perros, gatos y otros animales de compañía no son más que meras propiedades, será probable que solo obligue al pago del precio de mercado del “objeto” perdido o, como mucho, al pago de la cantidad necesaria para reemplazarlo (17). Esto, por supuesto, no tendría en cuenta que para la mayoría de las personas sus animales son irremplazables.
En realidad, si se tienen en cuenta las evidencias que hemos visto hasta aquí, las indemnizaciones que contemplasen daños morales serían las únicas que se aproximarían a resarcir el daño real provocado a quien ha perdido a su animal. Aunque de entrada se podría alegar la dificultad de cuantificar un daño como este, un estudio (20) calculó, en base a una técnica que estima el valor que una persona está dispuesta a asignar a un bien, que el valor estadístico de la vida de un perro son unos 10.000 dólares.
Es evidente que, tras la pérdida de un animal al que hemos querido durante años, no habrá cantidad de dinero que atenúe nuestro dolor y sufrimiento, ni los beneficios perdidos que se derivan de esa relación, o que resuelva un posible caso de duelo complicado. Pero lo que sí que puede hacer una indemnización por daños morales es validar y reconocer, en sede judicial, la relación tan intensa que los humanos podemos llegar a mantener con los animales y el daño que, en consecuencia, se deriva de la ruptura de esa relación, y que como tal no puede dejar de ser considerado.
