“Cultura del fuego”: cuando los derechos de unos pocos, atropellan los derechos de muchos.
16/12/2022
16/12/2022
Por:
Juan Antonio Ferrer
policía y graduado en derecho.
Es innegable que los fuegos artificiales y la pirotecnia, son un signo identitario de la cultura festiva nacional e internacional, con un fuerte arraigo en el “levante español” entre los que se encuentra la Región de Murcia.
Esta “CULTURA DEL FUEGO”, incluye no solo la quema de fallas y ninots (como las tradicionales fallas de Valencia, la Sardina de Murcia, la Bruja de Alcantarilla, el Raspajo en Las Torres de Cotillas, hogueras de San Juan, etc.), sino también la detonación de fuegos artificiales que colorean los cielos nocturnos y ambientan las festividades culturales y religiosas; así como la detonación de fuegos “lúdicos” por parte de niños y mayores.
Tanto la Unión Europea como el Estado español, han regulado estas actividades de una forma detallada que deja poco margen de maniobra tanto a las comunidades autónomas como a los municipios. Esta regulación es MUY RESTRICTIVA, tanto para la fabricación, almacenamiento, venta, distribución y uso.
La regulación se establece en el RD 989/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, una norma muy extensa (280 folios), consta de 8 disposiciones adicionales, 5 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 4 disposiciones finales; Sus 205 artículos se distribuyen en 10 títulos.
Cuenta además con 28 Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC).
También es innegable, que la pirotecnia cuenta con un número de detractores en continuo aumento, las razones para este rechazo son varias:
A continuación, se cita literalmente la TESIS de la Ingeniera Ambiental Doña Ana Lucía Ruíz Cruz (Universidad Nacional del Callao-Perú) que señala que:
Artículos pirotécnicos
“Según De Prada (2012) los artículos pirotécnicos están formados básicamente por la mezcla íntima de una sustancia que aporta oxígeno (agente oxidante), un combustible (agente reductor) y aditivos. Cuando se aplica calor, se produce una reacción de transferencia de electrones (óxido-reducción). Los átomos del combustible ceden electrones a los átomos del oxidante. Como consecuencia, se forman nuevos enlaces entre los átomos de carbono del combustible y los átomos de oxígeno liberados por el oxidante, originando un producto más estable y liberando energía. Según SUCAMEC (2018), entre los compuestos oxidantes más usados en las formulaciones pirotécnicas se encuentran el nitrato de potasio (KNO3) y el perclorato de potasio (KClO4). Los combustibles más utilizados en las formulaciones pirotécnicas se encuentran el carbón (C), aluminio (Al), magnesio 25 (Mg) y azufre (S). Asimismo, entre los aditivos más usados en las formulaciones pirotécnicas se encuentran los detallados a continuación:
De Prada (2012) indica que los principales efectos de los productos pirotécnicos se consiguen mediante la adición de determinadas sustancias químicas, como los metales pulverizados (hierro, magnesio, aluminio, titanio) y las sales metálicas (cloruros de litio, potasio, estroncio, bario, etc.)”
2- LA PIROTECNIA ES PELIGROSA, cada año se atribuye a la pirotecnia graves daños y riesgos; debemos entender que la norma establece unos criterios para el manejo de estos artificios como son criterios de edad (menores bajo supervisión de adultos) y criterios de cualificación, mediante la obtención de carnés y autorizaciones administrativas. Concretamente, la pirotecnia es peligrosa:
– Para los bienes públicos y privados: cientos de actos vandálicos, daños e incendios se provocan cada año como consecuencia de una manipulación inadecuada de petardos y otros fuegos artificiales, especial llamada a la acción es que uno de los más importantes incendios forestales del verano del año 2022 tiene una presunta causa directa con la manipulación de este tipo de artificios.
– Para las personas: la prensa nacional se ha hecho eco de las siguientes noticias relativas a siniestros provocados por la pirotecnia (aquí solo se deja una muestra): La siguiente es una relación de los principales accidentes con víctimas mortales por la explosión de material pirotécnico:
3- LA PIROTECNIA ES MOLESTA: La OMS sitúa en 65 decibelios el límite recomendable para nuestra salud auditiva. Son los niveles en los que transcurre una conversación normal.
Hasta 80, la cóclea, ese tubo enrollado en espiral en nuestro oído interno, suele soportar bien. Entre 80 y 90, empieza a padecer. Y por encima de 115 decibelios, entra claramente en peligro. Es el límite en la barrera del dolor. Incluso con ruidos tan instantáneos, los daños pueden ser graves y, a veces, permanentes. A corta distancia, y dependiendo de la intensidad del sonido, la persona puede llegar a experimentar traumatismos por presión, como la perforación del tímpano, y trastornos de audición de forma temporal o incluso permanente. También lesiones auditivas. La más frecuente es la aparición de acúfenos, cuando la persona siente como ruidos en los oídos.
Un simple petardo, que parece inocente, suele rondar los 66 y hasta 80 si tiene algo más de potencia. La exposición al ruido no solo es dañina, sino también es MOLESTA, y esas molestias se objetivan el número que quejas vecinales por el sonido de esta. Se puede consultar en la sala de 112 el número de llamadas por molestias por ruidos.
4- LA PIROTECNIA DAÑA A PERSONAS VULNERABLES, numerosos son los afectados por los efectos negativos de la pirotecnia; ancianos, bebés y niños; y personas vulnerables en atención a padecer alguna enfermedad relacionada con la percepción; distintas asociaciones de afectados por patologías como el espectro autista o Alzheimer, han realizado estudios que relacionan un agravamiento de las patologías o episodios de crisis, durante eventos pirotécnicos. Siendo posible la preparación de la persona cuando el evento es conocido con antelación, pero siendo imposible cuando las detonaciones pirotécnicas se dan de forma sorpresiva o no programada.
5- LA PIROTECNIA DAÑA A LA FAUNA SILVESTRE, El ruido de los petardos puede causar taquicardia e incluso la muerte a las aves. Una muestra del estrés que les provocan se refleja en que pueden causar el abandono temporal o permanente del lugar donde se encuentran. Se ha descubierto que los patos criollos que viven en una zona de sobrevuelo de aviones crecen más lentamente y tienen un menor peso corporal que los patos criollos que viven en zonas con poco ruido. Los ánsares nivales afectados por estos ruidos reducen su tiempo de alimentación e intentan compensarla durante la noche, lo que conlleva acortar su período de descanso y sueño, reduciéndose gradualmente su tasa de supervivencia. Las respuestas de desorientación y pánico frente a los fuegos de artificio pueden provocar que las aves se estallen contra los edificios o vuelen hacia el mar. Las especies coloniales de aves que anidan en altas densidades, como la gaviota argéntea, corren un mayor riesgo al respecto durante explosiones de petardos. Eso ocurre porque, al huir de los sonidos, muchas aves no saben cómo volver a sus nidos una vez que el ruido termina, lo que provoca que muchas de sus crías queden desamparadas. (fuente blog de la ONG “Ética Animal”)
6- LA PIROTECNIA DAÑA A LOS ANIMALES DOMÉSTICOS, la ONG “Ética Animal”, ha publicado lo siguiente en su blog: “los ruidos causados por la pirotecnia dañan a los animales al ser una causa de que sufran miedo. De hecho, este llega a ocasionar fobias a muchos animales. Estas fobias se dan cuando tiene lugar una respuesta desproporcionada por miedo. Los ruidos causados por la pirotecnia pueden llegar a generar fobias en los animales, al aumentar las reacciones de pánico a los ruidos fuertes con la exposición repetida a estos. Se estima que la quinta parte de desapariciones de animales mantenidos como compañía se deben a sonidos muy fuertes, principalmente fuegos artificiales y tormentas:
– Los perros son capaces de oír hasta los 60.000hz, mientras que los humanos no oyen nada a partir de 20.000hz, lo cual supone solamente un tercio de la capacidad de los primeros. Esta agudeza auditiva de los perros es una de las causas que provocan que el sonido de la pirotecnia sea una experiencia negativa para ellos. Estos animales muestran señales de ansiedad y agobio que se intensifican a medida que se ven incapaces de escapar del sonido.
– Los efectos de la pirotecnia en los gatos son menos evidentes, pero sus respuestas son similares a las de los perros, como intentar esconderse o escaparse. Sin embargo, al margen del miedo que pasan, tienen un riesgo mayor de intoxicación por esta causa.
– Los caballos pueden sentirse fácilmente amenazados por los fuegos artificiales por su condición de animales herbívoros, potenciales víctimas de otros animales, dado que están en estado de alerta constantemente a causa de posibles depredadores. Estos animales también actúan de manera bastante similar a los perros y los gatos, mostrando señales de estrés y miedo, y, por consiguiente, intentando huir o escaparse. Se calcula que un 79% de los caballos experimenta ansiedad a causa de los petardos, y un 26% sufre lesiones por los mismos. En ocasiones pueden reaccionar a la pirotecnia tratando de saltar vallados y huir peligrosamente hacia zonas donde pueden ser atropellados”
Desde enero de 2021, y por distintos medios, haciéndose eco de las reiteradas quejas y denuncias que vierten los usuarios de las redes sociales en relación con la pirotecnia; el autor ha ido exponiendo las claves para denunciar ante las autoridades el MAL USO de la pirotecnia. Llegando incluso a formular varias denuncias escritas ante los órganos administrativos sin que estas denuncias prosperen, debiendo recurrir al amparo del Defensor del Pueblo, como figura constitucionalmente regulada; concretamente en el municipio de Murcia: En este nos encontramos ante una capital de provincia, que cuenta con más de 450.000 habitantes, de los cuales casi la mitad de esta población reside en núcleos de población diseminados llamados pedanías, donde el gobierno y administración municipal se ejerce de forma descentralizada a través de las “juntas municipales”, que cuentan con una cierta autonomía y disponibilidad de presupuesto. En este municipio reside cerca del 30% de la población de la comunidad autónoma.
En este municipio (como tantos otros), el fenómeno de la pirotecnia no se circunscribe a las fiestas patronales, sino que, con cada evento lúdico o religioso, se detonan MILES DE ARTIFICIOS, sin contar con autorización de ningún tipo y sin cumplir las más elementales medidas de seguridad. SIN QUE EXISTAN EN EL MUNICIPIO (NI EN SUS PEDANIAS), lugares habilitados para el uso de la pirotecnia de consumo, lo que lleva a los usuarios a detonar en parques públicos, jardines, solares y terrenos abandonados, generando molestias a los vecinos y ocasionando situaciones de grave riesgo. Por el contrario, ya son muchos ayuntamientos los que tienen regulada esta actividad, poniendo limites espaciales y temporales; siendo un gran ejemplo de lucha activa contra la pirotecnia ilegal el Ayuntamiento de Córdoba o Alicante.
Tienda multiprecio, productos pirotécnicos en exposición y venta
Es habitual tener como puntos de venta establecimientos MULTIPRECIO que tienen entre su catálogo productos y artificios pirotécnicos de categorías F1, F2 y F3, sin contar con autorización para ello y SIN QUE LA ADMINISTRACION ponga medios o recursos para evitarlo. Este hecho, hace creer a la población que se puede adquirir y emplear con total IMPUNIDAD, provocando DAÑOS a bienes, personas y animales SIN QUE SE ATIENDAN LAS QUEJAS VECINALES.
Asimismo, en puestos ambulantes se venden artículos F1 y F2 (bombetas y detonadores), y en muchas casetas de feria (tipo tiro o tómbola) se distribuyen artículos F2 y F3, que en no pocas ocasiones presentan un grave deterioro por las condiciones de almacenamiento; comportando un grave riesgo para el consumidor de estos artículos.
Además de todo esto se suman, el incumplimiento sistemático por parte de las COMISIONES DE FIESTAS de barrios y pedanías de la normativa (ver ITC 18), siendo empleados artificios de categoría F3 por personas no capacitadas, sin contar con seguro de responsabilidad civil y sin tener autorización para ello. Son muchas las Comunidades Autónomas, que en el uso de sus facultades, han desarrollado reglamentariamente esta ITC, pero todas tienen como límite la norma estatal. TODAS COINCIDEN EN TRES PUNTOS:
Y como colofón, a este descontrol, se suman los salones de celebraciones y eventos, muchos de ellos situados en zonas de huerta e incluso dentro de zonas de especial protección ambiental, que cada fin de semana con ocasión de BODAS Y OTROS EVENTOS, arrojan castillos de fuegos artificiales NO PROFESIONALES, sin contar con las autorizaciones oportunas y excediendo los límites del seguro de actividad del propio restaurante o salón de celebraciones.
citando literalmente el artículo 7 de nuestro Código Civil:
- Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
- La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que, por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
O lo que es lo mismo, “TU DERECHO ACABA, DONDE EMPIEZA EL MÍO”, o sea, que ante los perjuicios OBJETIVOS (daños a las personas, los bienes o los animales) que den lugar a una lesión; o los perjuicios SUBJETIVOS (molestias a las personas o animales) que sin dan lugar a una lesión o daño, producen una situación de angustia, miedo o incomodidad: LLAMA AL 112 y comunica todos los datos relativos al daño que estás sufriendo, y si es posible sobre el causante de los daños; ante la pasividad de la administración presenta una queja escrita o incluso una demanda civil o una denuncia ante las autoridades.
La administración NO CUMPLE CON LAS FUNCIONES de vigilancia, control y denuncia, de conductas que generan un gran rechazo social y que además producen un daño real y cuantificable, que podría dar lugar a la exigencia de RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL, por los daños causados a los bienes, animales y personas.
Sería conveniente, que los municipios se posicionaran como municipio moderno, acordes al siglo XXI, velando por la protección del medio ambiente, los recursos naturales, la diversidad de las personas y el bienestar animal, de acuerdo a los valores que reclama una mayoría social que no está siendo escuchada; regulando mediante ORDENANZA dentro de los límites del RD 989/2015, los lugares, condiciones y horarios en que se puede emplear pirotecnia de uso libre; y limitar las festividades a las mínimas imprescindibles, que deberían de anunciarse y programarse con la máxima antelación posible para que los posibles afectados puedan adoptar medidas de protección frente a los efectos de las mismas.
Calderon Bancayan, J. V. (2020). La regulación de la pirotecnia y los derechos fundamentales de las personas con Trastorno de Espectro Autista. ENLACE
Cómo daña la pirotecnia a los animales. Blog: Ética Animal. ENLACE
Copfluencer: “solo-un-petardo” ENLACE
Informe: “La relación de los fuegos artificiales y los animales escapistas en el municipio de La Unión” de Juan Luis Segado Cervantes (Agente de Policía Local de La Unión)
Informe técnico veterinario sobre los efectos de la pirotecnia en animales. ENLACE.
Robles Gonzalez, I. V., Reyna Velarde, R., Guerrero Barajas, C., Robles González, V. S., & Ordaz, A. (2017). La quema masiva de pirotecnia: Un espectáculo que contamina. Revista bio ciencias (Nayarit, Méx.), 4(5), 1-18. ENLACE
Ruiz Cruz, A. L. (2021). Contaminación del aire con material particulado (PM10 y PM2. 5) por el uso de productos pirotécnicos durante navidad y año nuevo en Lima metropolitana, 2017-2021. ENLACE
Sr. Perro: Petardos, pirotecnia (y perros): la importancia de llamar al 112 y presentar quejas en el ayuntamiento. ENLACE.